Guía esencial sobre Excedencias para Trabajadores

¡Buenos días Ovejas! ¿Listos para conocer el mundo de las excedencias? En esta guía encontrarás la información básica sobre qué es una excedencia y como solicitarla. Pon atención.

12/5/20256 min read

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Guía Esencial sobre Excedencias para Trabajadores

¿Qué es una Excedencia Laboral?

Como trabajador por cuenta ajena en España, existen situaciones en la vida personal, política o familiar que hacen necesario un tiempo fuera de tus responsabilidades laborales sin perder completamente el vínculo con tu empresa. Esto es lo que conocemos como excedencia.

Una excedencia es una suspensión del contrato de trabajo a instancias del trabajador, permitiendo una interrupción temporal de la prestación de servicios y de la obligación de retribuir el salario por parte del empleador.

La regulación fundamental que ampara tus derechos se encuentra en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET), concretamente en sus artículos 45 y 46. Es crucial conocer la diferencia entre los tipos de excedencia, ya que los requisitos y, sobre todo, los derechos de reingreso, varían drásticamente.

1 La Excedencia Voluntaria Común (El Derecho Preferente)

La excedencia voluntaria común es la más solicitada, ya que su causa no necesita ser justificada (puede ser para un proyecto personal, un viaje largo, etc.). Sin embargo, la protección de tu empleo es menor.

Requisitos Mínimos

Para poder solicitarla, debes cumplir un requisito fundamental:

  • Antigüedad: Acreditar, al menos, un año de antigüedad en la empresa.

Importante, la excedencia voluntaria debe ser reconocida por la empresa. Si tienes derecho a ella pero la empresa no te reconoce el derecho, debes seguir acudiendo a tu puesto de trabajo y reclamarlo judicialmente.

Duración

  • Mínimo: La duración mínima es de cuatro meses.

  • Máximo: El periodo no puede exceder los cinco años.

Además, el ET establece que el trabajador solo podrá volver a solicitar otra excedencia voluntaria hasta que hayan transcurrido cuatro años desde el final de la anterior.

Derechos Clave: No hay Reserva de Puesto

  • Derecho Preferente al Reingreso: Este es el punto crítico. No tienes derecho a que te reserven tu puesto de trabajo. Simplemente tienes un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la tuya que existan o se produzcan en la empresa.

  • Sin Cómputo de Antigüedad: El tiempo que dure esta excedencia no computa a efectos de antigüedad.

Procedimiento de Solicitud y Reingreso

  1. Solicitud: Debes solicitarla por escrito, indicando la fecha de inicio y la duración exacta. Es recomendable hacerlo con la máxima antelación posible, aunque la ley no establece un plazo específico (se suele recomendar 15 o 30 días, según el convenio).

  2. Solicitud de Reingreso: Antes de que finalice el periodo solicitado (es vital no agotar el plazo sin solicitarlo), debes solicitar el reingreso por escrito.

  3. Respuesta de la Empresa: La empresa puede:

    • Aceptar el reingreso si hay una vacante adecuada.

    • Negar el reingreso si no existe ninguna vacante. En este caso, el trabajador queda en una situación de "expectativa de reingreso" hasta que se produzca una. Si la empresa no responde o niega la existencia de vacantes de forma injustificada, se puede considerar un despido improcedente.

2 La Excedencia Forzosa (El Mayor Nivel de Protección)

La excedencia forzosa es la que ofrece mayores garantías al trabajador porque se concede obligatoriamente para atender a un deber público o sindical de gran relevancia.

Concepto y Causas

Esta excedencia se da cuando el trabajador es designado o elegido para un cargo público que hace imposible la asistencia al trabajo (por ejemplo, ser elegido diputado o alcalde) o para ejercer funciones sindicales de ámbito provincial o superior, siempre que sean de dedicación exclusiva y liberadas.

Derechos Clave: ¡Reserva Absoluta!

  • Reserva del Puesto de Trabajo: Este es el derecho más importante. La empresa tiene la obligación de reservarte el mismo puesto de trabajo que ocupabas con todas sus condiciones.

  • Cómputo de Antigüedad: El tiempo que permanezcas en esta excedencia se computa a efectos de antigüedad. Es decir, es como si hubieras seguido trabajando.

Procedimiento

El procedimiento es relativamente sencillo:

  1. Comunicación: Debes comunicar por escrito a la empresa tu nombramiento o elección, aportando la documentación que lo acredite.

  2. Plazo de Reingreso: Debes solicitar el reingreso dentro del mes siguiente al cese en el cargo o función pública o sindical. Si no lo haces en ese plazo, podrías perder el derecho. El reingreso es inmediato.

3 Otras Excedencias Relevantes (Conciliación Familiar)

Las excedencias destinadas a cuidar a la familia están recogidas en el artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores (ET) y son un claro ejemplo de la protección que el legislador otorga a la función social de la familia.

A. Excedencia por Cuidado de Hijos (Nacimiento, Adopción, Acogimiento)

Este derecho permite a los padres o tutores ausentarse del trabajo para dedicarse al cuidado de sus hijos.

Requisitos y Duración

  • Sujeto Causante: Hijos naturales, adoptados, o en situación de acogimiento (tanto permanente como preadoptivo).

  • Edad Límite: Hasta que el menor cumpla tres años de edad.

  • Sin Antigüedad Previa: A diferencia de la excedencia voluntaria común, no se exige un mínimo de antigüedad en la empresa para solicitar esta excedencia.

  • Periodo Único: Puede disfrutarse de forma continua o fraccionada. Sin embargo, solo se puede disfrutar una vez por cada hijo. Si ambos progenitores trabajan en la misma empresa, la ley permite limitarlo si el disfrute simultáneo afecta gravemente al funcionamiento de la empresa, pero se debe ofrecer una alternativa de disfrute.

Derechos Clave: La Reserva del Puesto

La garantía de reingreso es notablemente superior a la excedencia voluntaria:

  • Reserva del Puesto de Trabajo (Primer Año): Durante el primer año de la excedencia, el trabajador tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo original. La empresa debe reservarle exactamente el mismo puesto que ocupaba.

  • Reserva de Puesto Equivalente (Tras el Primer Año): Superado el primer año y hasta el final de la excedencia (máximo 3 años), la reserva pasa a ser de un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.

Importante: Si eres miembro de una familia que tenga la consideración legal de familia numerosa (según el artículo 46.3 del ET), el periodo de reserva del puesto de trabajo original se extiende hasta:

  • 15 meses si se trata de una familia numerosa de categoría general.

  • 18 meses si se trata de una familia numerosa de categoría especial.

Efectos en la Cotización

  • Cotización: Los tres años completos se consideran como período de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social, como jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. Esto es una ventaja inmensa frente a la excedencia voluntaria común.

2. Excedencia por Cuidado de Familiares

Esta modalidad está destinada al cuidado de personas que, por edad, accidente, enfermedad o discapacidad, no pueden valerse por sí mismas.

Requisitos y Duración

  • Sujeto Causante: Un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (ej: padres, hijos, abuelos, hermanos, nietos, suegros, cuñados).

  • Condición del Familiar: Que no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida.

  • Duración: El periodo máximo que se puede solicitar es de dos años.

  • Sin Antigüedad Previa: Al igual que la de hijos, no requiere un mínimo de antigüedad en la empresa.

Derechos Clave: Reserva del Puesto

  • Reserva del Puesto de Trabajo: El trabajador tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo durante todo el periodo (máximo dos años) de la excedencia.

  • Cotización: El primer año se considera como período de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social.

Consideraciones Adicionales

  • Alternativas de la Empresa: Si dos o más trabajadores de la misma empresa generan este derecho por el mismo familiar, la empresa puede limitar el ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento.

  • Reingreso: Una vez finalizado el periodo, la solicitud de reingreso debe realizarse siguiendo el procedimiento habitual (comunicación fehaciente).

Conclusión

Conocer la tipología de excedencia y los derechos de reingreso asociados es fundamental. Confundir el derecho a la reserva del puesto (excedencia forzosa y por cuidado de familiar/hijo) con el derecho preferente al reingreso (voluntaria común) puede llevar a situaciones de desprotección y pérdida del empleo.

Si estás pensando en solicitar una excedencia, especialmente la voluntaria, planifica con antelación la fecha de tu solicitud de reingreso. No dejes que se te pase el plazo y siempre hazlo por un medio que deje constancia (burofax, email certificado).

Recomendación Legal: Dada la complejidad de los procedimientos y las implicaciones que tiene la no existencia de vacantes en la excedencia voluntaria, es recomendable consultar con un abogado laboralista antes de formalizar cualquier solicitud. Tu futuro laboral bien lo vale.

FAQ: Preguntas Frecuentes sobre Excedencias

a) ¿Se cobra algún salario o prestación durante la excedencia?

No. La excedencia supone una suspensión de las obligaciones mutuas. El trabajador no presta servicios y la empresa no paga salario. En general, tampoco se tiene derecho a la prestación por desempleo (paro), ya que la relación laboral no se ha extinguido, sino suspendido, y no existe una situación legal de desempleo.

b) ¿Se cotiza a la Seguridad Social en la excedencia?

En la excedencia voluntaria común, no se cotiza. En la excedencia forzosa y por cuidado de familiar/hijo, sí que se mantiene la afiliación y una cotización efectiva por parte de la empresa, lo que es vital para prestaciones futuras.

c) ¿Puedo trabajar en otra empresa estando en excedencia voluntaria?

Sí, siempre y cuando el nuevo trabajo no implique una competencia desleal con tu empresa de origen. No existe una prohibición legal de pluriempleo, pero debes revisar tu contrato y el convenio colectivo para asegurar que no hay una cláusula específica.